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TRÁMITES

T_Control Pecuario

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 La inscripción del ganado mayor en el Registro Pecuario y la actualización de su movimiento, nacimientos, muertes, pérdidas o extravíos y traslados, tiene como función principal el garantizar a los campesino y demás privados poder acreditar sus derechos de propiedad, así como facilitar a los organismos correspondientes de la economía nacional el tener un mejor y más completo conocimiento de la masa ganadera del país, que permita promover su enérgico desarrollo y crecimiento.

A continuación se relacionan los trámites que se realizan en el Registro Pecuario con los documentos que se deben presentar.

  • Obtención de certificaciones sobre la tenencia de ganado mayor +

    • Documento acreditativo de la propiedad de los animales sobre los cuales se requiere obtener la certificación. (Certificado d Registro Pecuario).
    • Sello de timbre por valor de $ 5.00 por cada certificación solicitada.
    • Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.

  • Declaración de muertes +

    • Documento acreditativo de la propiedad de los animales que han causado muerte. (Certificado de Registro Pecuario).
    • Certificado de muerte de los animales emitida por el Técnico Veterinario acreditado para certificar las muertes de ganado mayor.
    • Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.

  • De la autorización para sacrificio de ganado mayor +

    • Los productores individuales con cifras aprobadas y bajo contrato para la entrega de carne vacuna y bufalina al balance nacional o para ventas en divisas, sacrificarán los animales en mataderos de la Industria Cárnica y otros autorizados por Veterinaria Estatal.
    • Los bueyes aptos para la tracción animal no serán destinados al sacrificio.
    • Las hembras sólo podrán enviarse a sacrificio cuando no estén aptas para la reproducción, condición debidamente certificada por personal veterinario autorizado y avalada por la Comisión de Reproducción.
    • Sello de timbre por un valor de $ 5.00 por cada animal objeto de sacrificio cuando sea Ganado Vacuno o Bufalino.

  • Compra – Venta entre privados (vacuno y équido) +

    • Las personas naturales pueden realizar operaciones de compra – venta entre sí o con otras no propietarios. Para poder realizar este trámite es requerimiento imprescindible la presencia de ambos contrayentes en el Registro Pecuario.
    • Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de compra – venta. (Certificado de Registro Pecuario).
    • Sello de timbre por un valor de $5.00 por cada animal objeto de compra – venta cuando sea ganado vacuno y de $10.00 cuando sea ganado équido.
    • Certificado del estado de salud y traslado de los animales objeto de compra – venta emitido por Veterinaria Estatal. Pase de tránsito en caso que los animales se trasladen fuera del área de demarcación atendida por el Registro Pecuario.
    • Carnet de identidad de ambos contrayentes.
    • Cualquier compra – venta de ganado mayor entre personas naturales donde no se cumpla con los documentos exigidos se considera nula y a tales efectos los Registradores Pecuarios no concederán los pases de tránsito ni registrarán el cambio de propietario, manteniendo los animales objeto de la operación el status legal anterior al acto de compra – venta o traslado.
    • En caso de que uno de los contrayentes no sea propietario de ganado mayor y por consiguiente carece de Certificado de Registro Pecuario, presentará su carnet de identidad, Certificado de Registro de la Tierra, o autorización de un propietario campesino u otro propietario con tierra para que los animales pasten en su finca, el Registrador Pecuario procederá a la entrega del Certificado de Registro Pecuario.
    • Sello de timbre por valor de $10.00 para el nuevo propietario.

  • Declaración de pérdidas por extravío o sustracción de ganado mayor +

    • Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de la pérdida o extravío. (Certificado de Registro Pecuario).
    • El comprobante de la denuncia emitido por la PNR será presentado en el Registro Pecuario por el propietario, en un término de diez (10) días naturales a partir de la fecha de denuncia.
    • Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.

  • Declaración e Inscripción de nacimientos de ganado mayor +

    • Documento acreditativo de la propiedad de los animales causantes de los nacimientos a declarar (Certificado de Registro Pecuario).
    • Sello de timbre por valor de $ 5.00 por cada animal a declarar de ganado mayor (Vacuno y Équido).
    • Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.

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