La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), es una institución que trabaja para ofrecer servicios de información y asistencia a los ciudadanos, con el fin de favorecer el cumplimiento de las responsabilidades fiscales y la comprensión del Sistema Tributario Cubano.
Horario de Atención
De Lunes a Viernes - De 8:00 am a 12:00 pm y De 01:30 pm a 5:0 0 pm.
Por la Dirección Miércoles De 8:00 am a 12:00 pm.
Teléfonos Útiles
Oficina 22 56 6153
La Inscripción
Debe producirse en los 15 días naturales siguientes a la emisión de la aprobación del ejercicio de la actividad por la entidad correspondiente, o de la fecha de inscripción en el registro constitutivo correspondiente.
• Documento de identidad. • Certificación de la inscripción en el registro constitutivo correspondiente. • Sello de timbre por valor de $ 30.00 . La Persona Natural debe presentar +
• Autorización, licencia, permiso, afiliación emitida por el órgano que aprueba la actividad.
• Poder notarial o tutoría legal que acreditan al representante, si el obligado a inscribirse no puede acudir.
• Declaración de trabajadores contratados y copropietarios.
• Documento para la afiliación al registro de seguridad social. La Persona Jurídica debe presentar +
• Copia de la Escritura pública protocolizada u otro documento acreditativo en su constitución.
• Documento oficial o poder notarial que acredite que la persona que acude a efectuar la inscripción como representante legal de la entidad.
• Declaración de dependencia, cuya acreditación en el RC debe hacerla la entidad que actúa en calidad de contribuyente principal en los 45 días naturales siguientes a su inscripción en la ONAT. Ambas personas deben presentar +
• Cualquier otro documento establecido para determinar tributos que exija la ONAT.
• Relación de las cuentas bancarias que operan.